MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
A los efectos del cumplimiento del presente Reglamento, se observarán las normas establecidas por el Municipio de Montevideo, respecto de las delimitaciones, se admitirán como límites las dos aceras de las calles, Avenidas y Bulevares, excepto en las zonas rurales que abarcarán hasta el límite del departamento de Montevideo.Ayuda