MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Las Farmacias que no cumplan Turno, se ajustarán rigurosamente al horario establecido en el artículo 1º, pudiendo solamente optar por no atender al público entre las 12 y las 14 horas, previa comunicación a la División Química y Medicamentos del Ministerio de Salud Pública en cuanto a las farmacias que cierran permanentemente en ese horario.Ayuda