CONSEJO DE MINISTROS
El ordenador del gasto deberá confeccionar un listado con los oferentes y publicarlo en el Sitio Web www.comprasestatales.gub.uy, en forma conjunta con la correspondiente adjudicación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto Nº 66/002, de 26 de febrero de 2002.Ayuda