MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
(cláusula transitoria). Para el año 2006, los porcentajes del 75% que se establecen en el "ARTICULO 9º" y "ARTICULO 10º" que se modifican en el presente decreto, serán del 50%, evaluándose exclusivamente la permanencia registrada entre el 16 de marzo y el 30 de setiembre de 2006.Ayuda