Fecha de Publicación: 20/07/1982
Página: 131-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 237/982

Se reglamentan normas tributarias que incluyen nuevos impuestos.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                         Montevideo, 14 de julio de 1982.

   Visto: lo dispuesto por la ley 15.294, de 23 de junio de 1982.

   Considerando: la necesidad de reglamentar las normas tributarias en
ella contenidas.

   Atento: a lo expresado,

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

                                 CAPITULO I
  
                       Normas sustantivas y formales

Artículo 1

   Sustitúyese el artículo 37 del decreto 661/979, de 19 de noviembre de
1979, por el siguiente:

   "ARTICULO 37. La Dirección Nacional Impositiva administrará los
siguientes tributos: Impuesto a las Actividades Agropecuarias; Impuesto a
las Rentas de Industria y Comercio; Impuesto a las Sociedades Financieras
de Inversión; Impuesto a los Ingresos de las Compañías de Seguros,
Impuesto al Valor Agregado; Impuesto a la Compra-venta de Bienes Muebles
en Remate Público; Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas y
Jurídicas".

ALVAREZ. - VALENTIN ARISMENDI.
Ayuda