Fecha de Publicación: 20/07/1982
Página: 131-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 25

   Los factores indicados en el artículo 20 del decreto 667/979, del 19
de noviembre de 1979 quedan fijados en:

   - 4.2 Para tabacos, cigarros y cigarrillos.
   - 2.5 Para cigarros de hoja no habanos.
   - 2.8 Para tabacos de frontera.

                          CAPITULO VI - Varios
Ayuda