Fecha de Publicación: 20/07/1982
Página: 131-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 27

   Auméntase en el 20% el monto del pago a cuenta del Impuesto a la Renta
de Industria y Comercio determinado de acuerdo con el artículo 5º del decreto 663/979, de 19 de noviembre de 1979, y la resolución de la Dirección General Impositiva 206/980. Esta disposición regirá para los
pagos que deban efectuarse en el mes de agosto de 1982 y siguientes.
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