Decreto 237/984
Se modifican normas sobre el régimen de descuentos y bonificaciones para pasajeros del transporte interdepartamental.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 12 de junio de 1984.
Visto: lo dispuesto por los decretos 16 y 41 de fechas 11 de enero de
1984 y 19 de enero de 1984 respectivamente.
Resultando: que dichas normas establecieron un nuevo régimen de
descuentos y bonificaciones que las empresas concesionarias de servicios
regulares de transporte interdepartamental de pasajeros por carretera
otorgan a los diversos usuarios.
Considerando: que de acuerdo a la experiencia recogida en la aplicación
del mismo, se estima conveniente efectuarle algunas modificaciones que
contemplen los intereses de los usuarios.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyese el artículo 4º del decreto 16/984, de fecha 11 de enero de
1984 en la redacción dada por el decreto 41/984, de fecha 19 de enero de
1984 por el siguiente:
"ARTICULO 4º Los usuarios que acrediten su condición de
maestros de Enseñanza Primaria, profesores o estudiantes de
Enseñanza Media o Superior de Institutos Públicos o Privados,
tendrán derecho utilizar boletos abono de un valor de 50% de la tarifa
ordinaria".
ALVAREZ.- FRANCISCO D. TOURREILLES.- ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.