Artículos 4º), 5º), 10), 12) y 13) anulado por sentencia del Tribunal de
lo Contencioso Administrativo con efectos generales y absolutos: Sentencia
TCA Nº 851/991 de 16/10/1991.
Artículo 14
Serán causas de revocación del usufructo:
A) No destinar la vivienda a los fines específicos para que fue
concedida;
B) Mejorar la situación socio-económica del usufructuario o de su
núcleo habitacional en grado tal que no se justifique el mantenimiento
del usufructo.
C) Alterar la moral, las buenas costumbres o perturbar la convivencia
armoniosa de los demás ocupantes de viviendas concedidas en usufructo.