Fecha de Publicación: 11/08/1999
Página: 258-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 8

 COMANDO AEREO DE LOS SERVICIOS.- El Comando Aéreo de los Servicios
tendrá como misión administrar y realizar la gestión de los servicios a
fin de apoyar las operaciones y el cumplimiento de la misión de la Fuerza
Aérea.-
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