Fecha de Publicación: 17/07/1996
Página: 109-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 3

   Las trasposiciones entre rubros de un mismo programa serán aprobadas
por el Directorio y comunicadas a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
   Las trasposiciones de rubros entre distintos programas de
funcionamiento deberán requerir decreto del Poder Ejecutivo, previo
dictamen del Tribunal de Cuentas e informe de Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
   Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en
el cual se autorizan y tendrán las siguientes limitaciones:
a) Sólo podrán servir como reforzantes partidas que tengan carácter anual
y no sean estimativas.
b) El Rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales" no podrá ser
reforzado ni servirá como reforzante.
c) Los renglones del Rubro 0 podrán reforzarse entre sí ajustándose a las
condiciones siguientes:
   1. que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no
comprometido.
   2. los renglones de los subrubros 01, 02 y 03 no podrán reforzarse
entre sí, ni ser reforzados por renglones de otros subrubros, ni servir
como reforzantes.
d) Los Rubros 7 "Subsidios y otras transferencias" y 8 "Servicio de deuda
y anticipos" no podrán servir como reforzantes.
e) El Rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado.
   Las limitaciones establecidas en el literal c) numeral 2, respecto a
la trasposición entre los renglones del Rubro 0, no serán de aplicación
en el ejercicio 1996.
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