Fecha de Publicación: 13/06/1994
Página: 407-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

   Quedan comprendidos en el presente Decreto todos los asimilados a los
funcionarios del servicio exterior en el régimen de introducción de
automóviles, inclusive aquellos a que se refieren el artículo 57 del
Decreto Nº 99/986, de 13 de febrero de 1986, el artículo 3° del Decreto
Nº 6/991, de 9 de enero de 1991 y el artículo 1° del Decreto Nº 362/993.
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