Fecha de Publicación: 14/08/2012
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 254/012

Reglaméntase la Ley 18.910, relativa a los Impuestos a la Renta de las
Personas Físicas, a la Renta de los No Residentes, y al Valor Agregado.
(1.441*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                           Montevideo, 8 de Agosto de 2012

VISTO: la Ley N° 18.910 de 25 de mayo de 2012.-

RESULTANDO: que la norma referida en el Visto introdujo ajustes en el
sistema tributario creado por la Ley N° 18.083 de 27 de diciembre de
2006.-

CONSIDERANDO: necesario reglamentar las referidas disposiciones.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
                    actuando en Consejo de Ministros.-

                                 DECRETA:

               IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Artículo 1

 Agrégase al Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007, el siguiente
artículo:

"Artículo 5 Quáter.- (Residentes. Opción de tributar por el IRNR).- La
opción por tributar el Impuesto a las Rentas de los No Residentes a que
refiere el artículo 6 Bis del Título 7, se considerará ejercida con la
presentación al responsable de una declaración jurada destinada a la
Dirección General Impositiva. De no existir ningún responsable designado,
el contribuyente deberá presentar la referida declaración ante la
Dirección General Impositiva."

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO;
FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE
PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; JORGE VENEGAS; TABARÉ
AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.
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