A los profesionales que abonen sus montepíos a través de sistemas de
descuento, el aporte les será descontado en cuatro cuotas mensuales,
iguales y consecutivas a partir del mes de mayo de cada año, salvo que
mediare manifestación expresa en contrario del titular efectuada ante el
organismo de previsión social correspondiente durante el transcurso del
mes de marzo de cada año y en cuyo caso y bajo su responsabilidad podrán
abonarlo en su totalidad hasta la fecha del vencimiento referida en el
artículo primero.
Si el pago del aporte se realiza a través de sistema de cobranza
descentralizada el mismo podrá ser abonado en cuatro cuotas mensuales
iguales y consecutivas a partir del mes de mayo de cada año.