Fecha de Publicación: 31/08/2005
Página: 362-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

 El Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, creado por el artículo
234° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991 y modificativos, en el
Programa 001 del Ministerio de Educación y Cultura, pasará a integrar el
Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social".
Las asignaciones presupuestales y los recursos humanos asignados al
Instituto, cuyo detalle figura en Anexo N° 4, pasarán al Ministerio de
Desarrollo Social, manteniendo estos últimos la situación funcional
vigente al 1° de abril de 2005, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 5° de este Decreto.
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