Fecha de Publicación: 31/08/2005
Página: 362-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

 Transfiérense las asignaciones presupuestales correspondientes a gastos
de funcionamiento e inversión y los saldos disponibles de los recursos de
afectación especial del ex Ministerio de Deporte y Juventud al Ministerio
de Desarrollo Social, según detalle que figura en Anexo N° 1.
Los restantes activos y pasivos, que pertenecían al ex Ministerio de
Deporte y Juventud, cuya situación quedará determinada al 31 de agosto de
2005, serán asignados a la Dirección Nacional de Deporte del Ministerio
de Turismo y Deporte (Programa 002, Unidad Ejecutora 002 del Inciso 09),
a excepción de los pertenecientes al Instituto Nacional de la Juventud
que serán transferidos al Ministerio de Desarrollo Social.
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