PODER EJECUTIVO MINISTERIO DEL INTERIOR
Baja de extintores Las instituciones de certificación, los fabricantes o los recargadores en su caso, comunicarán mensualmente a la Dirección Nacional de Bomberos la baja de los extintores que hayan de ser desechados por cualquier causa, indicando la misma, en la forma establecida en la Sección IV, Art. 33.B.Ayuda