Decreto 269/993
Unifícase en un solo texto las normas a aplicar al juego de quinielas.
(1027)
Ministerio de Economía y Finanzas
Montevideo, 14 de junio de 1993
Visto: la necesidad de unificar en un solo texto las normas a aplicar
al juego de quinielas y la conveniencia de adaptarlas a las
transformaciones ocurridas en el campo de la tecnología.
Resultando: que en la actualidad dicho juego está regido en su mayor
parte por normas dictadas con anterioridad al año 1958 (legales,
reglamentarias, resoluciones de la Dirección de Loterías y Quinielas) que
no han sido comprendidas en un texto único.
Considerando: I) que es importante unificar las disposiciones que
regulan el nombrado juego; a la vez que introducir nuevos medios
tecnológicos para la prestación del servicio;
II) que el nuevo texto agilita el procedimiento administrativo e
introduce nuevas formas de procesamiento que dan mayor seguridad al
apostador, al Estado y a los receptores del juego.
Atento: a lo expuesto y a lo asesorado por la Dirección de Loterías y
Quinielas,
El Presidente de la República
DECRETA:
CAPITULO I (de las modalidades de apuestas)
Artículo 1
El juego de quinielas se recibirá dentro de las siguientes
modalidades:
a) apuestas directas a uno o varios premios determinados; a la última
cifra, a las dos últimas cifras y a las tres últimas cifras.
b) las redoblonas se aceptarán de dos últimas cifras a dos últimas
cifras, no siendo válidas las que se escrituren de otra forma.
c) otras modalidades de apuestas que de acuerdo a las exigencias del
mercado determine el Poder Ejecutivo a iniciativa de la Dirección de
Loterías y Quinielas.