Los Subagentes y Corredores deberán ser autorizados previamente por la
Dirección de Loterías y Quinielas, de acuerdo al artículo anterior ante
quien deberán justificar las siguientes condiciones:
a) ser personas hábiles para contratar.
b) poseer solvencia moral acreditada mediante Certificación Policial
de no registrar antecedentes incompatibles con la función a ejercer.