Fecha de Publicación: 07/07/1993
Página: 648-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 27

   La Dirección de Loterías y Quinielas suministrará a los Agentes,
Sub-agentes y Corredores la autorización personal e intransferible que
acredite su condición de tales, teniendo éstos la obligación de exhibirla
toda vez que le sea exigida.
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