Fecha de Publicación: 07/07/1993
Página: 648-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 29

   El pago anual de las autorizaciones de los Sub-agentes y Corredores
autoriza a éstos para recibir apuestas exclusivamente para la Agencia que
integran. La Dirección de Loterías y Quinielas recibirá de las Bancas las
solicitudes para la habilitación de los locales y otorgará su visto
bueno si los mismos son adecuados para la finalidad a cumplir.
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