Fecha de Publicación: 07/07/1993
Página: 648-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 54

   Fuera de los casos del artículo precedente, el Agente, Sub-agente o
Corredor que haya sido procesado por algún delito relativo a juegos de
azar será suspendido preventivamente por la Dirección de Loterías y
Quinielas, quien elevará los antecedentes al Ministerio de Economía y
Finanzas.
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