Fecha de Publicación: 17/06/2009
Página: 665-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 3

 Deróganse los Artículos 29.2.4, 29.2.6 y el Literal a) del Artículo
29.2.5 de la Sección 2 - Disposiciones Generales - Disposiciones generales
para alimentos modificados en su composición glucídica -, del Capítulo 29
- Alimentos Modificados - del citado Reglamento Bromatológico Nacional
(Decreto Nº 315/994 de 5 de julio de 1994).
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