Fecha de Publicación: 10/05/1988
Página: 265-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 7

   A los efectos de efectivizar el cobro de los viáticos y pasajes, el inciso o incisos involucrados deberán presentarse ante el Ministerio de Economía y Finanzas con la resolución autorizante y adjuntándose los 
datos que se exigirán en el Instructivo citado.
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