Fecha de Publicación: 07/02/2018
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 43

   Facúltase a la Dirección General de Casinos a realizar torneos de póker en las salas de esparcimiento a su cargo, explotadas tanto en régimen tradicional como mixto, con personal del escalafón especializado de la misma, el que percibirá la propina correspondiente a dicho torneo conforme a la reglamentación interna de la DGC, la que determinará asimismo la forma de organización del torneo.
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