MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
La materia gravada para la aportación en el caso del personal embarcado en buque de la Marina Mercante Nacional de los tripulantes de buques pesqueros y de los Prácticos Nacionales se regirá conforme a lo establecido en los decretos 712/980, de 31 de diciembre de 1980 y 50/982, de 10 de febrero de 1982.Ayuda