Declárase que constituye materia gravada a los fines de las contribuciones especiales de la seguridad social, correspondiente a la
Dirección General de la Seguridad Social y para el período 1º de mayo de
1980 hasta la fecha de entrada en vigor del presente decreto, lo
dispuesto por la resolución de dicha Dirección 996/980, de 22 de abril de
1980, sus modificaciones y concordantes.