Fecha de Publicación: 06/06/1978
Página: 526-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

  Los organismos públicos y privados, remitirán anualmente a la SEPLACODI 
las solicitudes de cooperación técnica en base a sus necesidades 
doblemente fundamentadas. La SEPLACODI indicará las formalidades a que 
deberán ajustarse las solicitudes. 
Ayuda