Fecha de Publicación: 02/08/1984
Página: 282-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 7

   Las necesidades de funcionamiento de la Comisión tales como local,
secretaría, serán provistos por la Dirección General de Servicios
Veterinarios del Ministerio de Agricultura y Pesca.

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