MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Dicho aumento y valores del pasajero-kilómetro regirán a partir de la hora cero del cinco de junio de 1986, debiendo la Dirección Nacional de Transporte controlar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 735/968 de 5 de diciembre de 1968 para la homologación de las respectivas tarifas.Ayuda