Comuníquese, publíquese.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; JORGE VENEGAS; LUIS ALMAGRO;
FERNANDO LORENZO; ROBERTO KREIMERMAN.
MERCOSUR/GMC/RES N° 13/97
MODIFICACION DE LA RES N° 47/93 GMC.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las
Resoluciones N° 47/93 y 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación
N° 11/97 del SGT N° 3 "Reglamentos Técnicos".
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes acordaron subsanar los errores detectados en la
citada Resolución.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1. Modificar la Res N° 47/93 GMC "Determinación de Monómero de
Cloruro de Vinilo" en los siguientes item:
Item 5.4.4.
Donde dice:
a= n xy - (x) (y)
nx² - (x²)
b= (y) (x²) - (x) (xy)
nx²- (x²)
Debe decir
a= n S xy- (S x) (S y)
n S x²- (S x)²
b= (S y ) (S x²) - (S x) (S xy)
n S x² - (S x²)
Item 5.4.6.
Donde dice
n
(yi - zi)²
i=1
S= ___________
n-1
_ n
Y= 1 yi
n i=1
Debe decir
W:\RESOLUCIONE
S=
1.4
W:\RESOLUCI
Item 5.8.2.
Donde dice
W:\RESOLU
contenido de cloruro de vinilo (m g/g)=
Debe decir
W:RESOLUCIO
contenido de cloruro de vinilo (m g/g)=
Art. 2. Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones
legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar
cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes
organismos:
Argentina:
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
Ministerio de Salud y Acción Social
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.
Instituto Nacional de Alimentos.
Brasil:
Ministério da Saúde
Paraguay:
Ministerio de Industria y Comercio
Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública (MSP)
Art.3. La presente Resolución entrará en vigencia el 14/XII/97.
XXVI GMC - Asunción, 17/VI/97