Fecha de Publicación: 01/09/1997
Página: 545-A
Carilla: 15

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 4

Para aspirar al Premio Nacional de Nutrición podrán participar todos
aquellos profesionales, técnicos o personas cuyos conocimientos y
experiencias tengan relación con la nutrición en sus aspectos sanitarios,
sociales, culturales, educativos, económicos y tecnológicos con exclusión
del aspecto clínico asistencial.
Los mismos deberán cumplir con las siguientes condiciones:
I) Que están dispuestos a describir detalladamente sus sistemas y
procesos, así como los resultados que hubieran alcanzado, y a permitir 
que un grupo asignado de expertos verifique la información aceptada.
II) Que acepten compartir y difundir los aspectos personales de su 
trabajo que debrán ser inéditos, verificables y documentados de manera 
que pueda servir de modelo y guía para todos los interesados en el tema.
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