Fecha de Publicación: 04/09/1997
Página: 881-A
Carilla: 5

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 6

Integración: Estará a cargo de un Oficial Superior u Oficial Jefe del
Subescalafón Administrativo y se integrará, además con el personal que se
considere necesrio para el cumplimiento de las tareas asignadas.
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