Fecha de Publicación: 14/08/1984
Página: 357-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

   Características mínimas de calidad. En el momento de la recepción, las
bananas deben responder a las características mínimas de calidad
establecidas en el artículo 3º del decreto 176/982, de fecha 21 de
mayo de 1982, y especialmente no deben presentar residuos de plaguicidas
que superen las tolerancias internacionales del "Códex Alimentarius".
Ayuda