PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 4
Compete a la División Industria Animal de la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca en los establecimientos de faena:
a) el control y fiscalización de la Clasificación y Tipificación de
cada una de las canales; de la dentición de los animales en faena y
del destino de las categorías destinadas al mercado interno.
b) Establecer en coordinación con el INAC, los parámetros de
calibración del sistema automatizado de tipificación a los efectos
de su correcto funcionamiento.