Fecha de Publicación: 07/10/2016
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 5

   La clasificación y tipificación de las canales, requeridos por los mercados de exportación, se regirán por los acuerdos internacionales respectivos.
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