Fecha de Publicación: 22/07/1993
Página: 23-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   Cométese a la Contaduría General de la Nación llevar un Registro de
Infractores patronímico-alfabético y en el cual constarán los antecedentes
y sanciones aplicadas a los empleadores privados.
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