PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 2
A los efectos del presente decreto, se adoptan las siguientes definiciones:
a) Protocolo: es el Protocolo Internacional de Medida y Verificación (IPMVP, sigla en inglés de International Performance Measurement and Verification Protocol) de EVO.
b) Certificado CMVP: es la Certificación Profesional en Medida y Verificación (CMVP, sigla en inglés de Certified Measurement and Verification Professional) establecida por la Organización para la Valoración de la Eficiencia (EVO, sigla en inglés de Efficiency Valuation Organization) y la Asociación de Ingenieros en Energía (AEE, sigla en inglés de Association of Energy Engineers).
c) Registro: es el Registro de Agentes Certificadores de Ahorro de Energía creado por el artículo 1.
d) Agente Certificador: es aquella persona certificada CMVP inscripta en el Registro.