Fecha de Publicación: 04/11/2019
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 5

   Modifícase la definición de "Puntos de Elegibilidad" en el Anexo VII - Glosario del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto N° 299/019 de 9 de octubre de 2019, la que quedará redactada de la siguiente forma:
        "Puntos de Elegibilidad
        Es la medida de la Elegibilidad de los Precalificados. Cada Punto
        de Elegibilidad equivale a U$S 350.000 (trescientos cincuenta mil
        dólares de Estados Unidos) que sean depositados en carácter de
        Depósito Inicial previo al inicio de la IFP".
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