Fecha de Publicación: 06/12/2024
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 320/024

Efectúanse ajustes a algunos artículos del Texto Ordenado 2023, e incorpóranse al mismo algunas de las disposiciones establecidas en la Ley 20.275, de fecha 25 de mayo de 2024.
(5.944*R)

   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 27 de Noviembre de 2024

   VISTO: la Ley N° 20.275, de 25 de mayo de 2024 y el Decreto N° 101/024, de 4 de abril de 2024;

   RESULTANDO: I) que la norma reglamentaria referida aprobó el Texto Ordenado 2023, referente a los tributos de competencia de la Dirección General Impositiva;

   II) que la norma legal referida estableció el tratamiento tributario aplicable a ciertas partidas provenientes del régimen de seguridad social, de conformidad con la Ley N° 20.130, de 2 de mayo de 2023;

   CONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar ajustes en algunos artículos del Texto Ordenado 2023;

   II) que es necesario incorporar al Texto Ordenado 2023 algunas de las disposiciones establecidas en la Ley N° 20.275, de 25 de mayo de 2024;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese el artículo 91 del Capítulo II de la Sección III del Título 1 del Texto Ordenado 2023, aprobado por el Decreto N° 101/024, de 4 de abril de 2024, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 91.- Suministro de información. Sistema Estadístico Nacional
   (SEN).- Las disposiciones del artículo 47° del Código Tributario, no
   serán aplicables a la información requerida con fines estadísticos por
   el órgano rector del Sistema Estadístico Nacional (SEN), de acuerdo
   con lo establecido por la Ley N° 16.616, de 20 de octubre de 1994. El
   órgano rector deberá guardar el secreto estadístico sobre la
   información recibida y la misma podrá ser utilizada, exclusivamente,
   para la realización de estadísticas oficiales por los organismos
   integrantes del Sistema Estadístico Nacional (SEN).

Fuente: Ley 18.996 de 7 de noviembre de 2012, artículos 342 (Texto
   parcial, integrado)."

   LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE.
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