Fecha de Publicación: 06/12/2024
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 7

   Sustitúyese el artículo 56° de la Sección III del Título 2 del Texto Ordenado 2023, aprobado por el Decreto N° 101/024, de 4 de abril de 2024, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 56°.- Los funcionarios de los organismos internacionales
   asesores, mientras se hallen en cumplimiento de funciones relacionadas
   con el Fondo, gozan de igual tratamiento que el establecido en los
   artículos 52° y 53° de esta Sección".
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