Fecha de Publicación: 22/09/2011
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 5

 (Inversiones no computables). Para determinar el monto a exonerar no se
tendrán en cuenta aquellas inversiones que se amparen en otros beneficios
promocionales por los que se otorguen exoneraciones del Impuesto a las
Rentas de las Actividades Económicas.-
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