Fecha de Publicación: 11/09/1997
Página: 947-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE TURISMO

Decreto 326/997

Declárase de Interés Turístico la renovación de la flota de vehículos de transporte de pasajeros, destinados a la prestación de servicios turísticos.
(2.164*R)

MINISTERIO DE TURISMO
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                       Montevideo, 3 de setiembre de 1997

VISTO: la necesidad de propiciar mejores condiciones de competencia para
los servicios vinculados a la actividad turística.-

RESULTANDO: que las normas adoptadas por los órganos del MERCOSUR, en la
materia, promueven la consolidación y el incremento del transporte de
personas entre los Estados Parte.-

CONSIDERANDO: I) que el transporte de pasajeros por carretera favorece el
desarrollo de la actividad turística.-

II) que en tal sentido, resulta conveniente promover el mejoramiento de 
la flota de vehículos de transporte afectados exclusivamente a servicios de turismo nacional e internacional, adecuándola a las exigencias del
mercado.-

III) que el servicio de transporte de pasajeros no se encuentra gravado
con el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).-

IV) que la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado en la
importación de nuevos vehículos de transporte de personas afectados a la
actividad turística realizada en el marco del Protocolo de Expansión
Comercial suscrito entre la República Oriental del Uruguay y la República
Federativa de Brasil (P.E.C.), coadyuva con la prestación de un servicio
más eficiente.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los Decretos-Leyes Nº 14.178,
de 28 de marzo de 1994 y Nº 14.335, de 23 de diciembre de 1994.-

                        EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

Declárase de interés turístico la renovación de la flota de vehículos de
transporte de pasajeros destinados a la prestación de servicios
turísticos.-

SANGUINETTI - BENITO STERN - LUIS MOSCA - LUCIO CACERES
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