PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 32
El pago de la cobertura de vida o una suma equivalente a $ 84.000. del autoseguro de ANCAP que cubre a los ex funcionarios jubilados de ANCAP o el cobro del incentivo por la opción de renuncia al beneficio del autoseguro, se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por Resolución de Directorio N° 1003/12/05 y con cargo al Programa Energía - Grupo 2 - Servicios No Personales.