Fecha de Publicación: 20/08/2003
Página: 421-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 Facúltase al Jerarca del Inciso, previo informe del Comité Ejecutivo 
para la Reforma del Estado, para que efectúe las acciones concretas que 
resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva implantación del 
proyecto que se aprueba. 
Ayuda