Fecha de Publicación: 24/10/2016
Página: 18
Carilla: 18

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 11

   Plazo para efectuar el aporte de capital.- Quedan comprendidas en la presente declaratoria las efectivas integraciones de capital realizadas dentro de los 2 (dos) años siguientes a la notificación del pronunciamiento de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.
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