Fecha de Publicación: 24/10/2016
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Carilla: 18

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 8

   Actividad Promovida.- Declárase promovida al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, las actividades de financiamiento destinados a favorecer el desarrollo de proyectos empresariales que cuenten con la opinión favorable de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación, que impliquen innovación científica y tecnológica.

   A estos efectos se consideran actividades de financiamiento los aportes de capital en efectivo en las entidades que desarrollen los referidos proyectos.
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