Las erogaciones resultantes se atenderán con cargo a recursos de los
siguientes proyectos de inversión creados por el artículo 15 de la ley 16.002, de 25 de noviembre de 1988.
Las correspondientes a la Coordinación General y al Componente Fomento
de Exportaciones, con cargo al Proyecto de Inversión N.o 856 "Desarrollo
Granjero".
Las correspondientes al Componente Forestal, con cargo al Proyecto de
Inversión N.o 854 "Desarrollo Forestal", y la del Componente Agrícola
Extensivo, con cargo al Proyecto de Inversión N.o 855 "Desarrollo Ganadero".