MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
La condición de agente de la propiedad industrial se extinguirá: 1º) Por fallecimiento; 2º) Por renuncia; 3º) Por acto administrativo firme que resuelva la eliminación del Registro de Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial; 4º) Por sentencia judicial.Ayuda