Se notificarán personalmente a las partes: las vistas por defectos
formales y sustanciales en las solicitudes de registros; las oposiciones
de oficio y las de particulares; el traslado de los recursos y de las
acciones de anulación y de reivindicación; las aperturas a prueba y las
resultancias de la misma, cuando correspondiera; las resoluciones que
conceden, deniegan, mantienen, revocan, anulan, reivindican o renuevan
los registros.